Procedimiento para la solicitud y admisión de Estados y Organismos observadores ante el SICA

Requisitos para la admisión de Estados y Organismos observadores
Los requisitos para la admisión de Estados y Organismos observadores se detalla a continuación.

Participación de los Estados y Organismos observadores en reuniones
- Por solicitud de la institucionalidad del SICA
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Por solicitud del observador y sea aceptado de consenso por la institución del SICA.
- Aceptada la participación del observador, la instancia regional deberá comunicar por el canal oficial establecido, las condiciones de su participación y el observador deberá confirmar por medio de la SG-SICA su participación
- El observador podrá proponer un tema de su interés a la institucionalidad del SICA o la institucionalidad someterá temas de su interés al observador
- En las reuniones que participe tiene derecho a voz, pero no voto